CONTABILIDAD ELECTRONICA DECALRACION ANUAL EN MÉXICO
FEBRERO 24, 2016 FISCAL Próximo a vencer el plazo para que socios y accionistas vayan al RIF FISCALIA - C.I.F. Socios, accionistas e integrantes de personas morales. El Artículo 111, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), establece los requisitos para tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), entre los que se indica que no pueden pagar el impuesto en este régimen los socios, accionistas o integrantes de personas morales, a excepción de los siguientes: a) Los socios, accionistas o integrantes de las personas morales previstas en el Título III de esta Ley, siempre que no perciban el remanente distribuible a que se refiere el artículo 80 de este ordenamiento. Por lo que continuando con el cálculo tenemos: Total de Ingresos del Ejercicio 2Ž000,000 Impuesto por ejercicio determinado 595,196.25 Disminución en porcentaje por número de años 100% Total de impuesto por ejercicio 0 Regularice su situación fiscal, no espere que la autoridad le imita un discrepancia fiscal ya que ese caso tendrá usted 10 diez, si, solamente diez días para desvirtuar una liquidación, ya el apercibimiento viene acompañado ya con el monto del impuesto a pagar junto con la multa. Por lo que me pongo a sus órdenes para cualquier contingencia de carácter fiscal, auditorías por parte del SAT, IMSS, INFONAVIT, SECRETARIA DEL TRABAJO, SINDICATO, ESTADO ETC. M.I. Bruno J. Ramírez Martínez Cel. 331 862 9988
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